lunes, 13 de noviembre de 2017


“CAMBIOS A LEY DE AVIACION, A PARTIR DEL 8 DE NOVIEMBRE”

Los 80 millones de pasajeros que viajan por México podrán beneficiarse de las modificaciones a la Ley de Aviación Civil, que permitirán un servicio más justo.

Entre las modificaciones más relevantes están las indemnizaciones que las compañías aéreas pagarán, en caso de demoras imputables a su operación. Los montos y características variarán de acuerdo con el tiempo de retraso, es decir, a partir de una hora y menos de cuatro.


También habrá diferencias entre la oferta de cada una de las empresas, pero algunas contemplan entre 5, 7.5, 8 y hasta 25% de descuento para el siguiente viaje, o bien dar un pasaje sencillo en la misma ruta, pero sin incluir los impuestos y en algunos otros casos alimentos y bebidas, según las políticas que registraron ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), y que deberán estar disponibles en sus páginas de internet para ser consultadas por el cliente.

En caso de cancelación de vuelo atribuible a la aerolínea se podrá reintegrar al pasajero el costo del boleto o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, tendrá derecho a transporte sustituto en el primer vuelo disponible, acceso a llamadas telefónicas, correo y alimentos, de acuerdo con el tiempo de espera. Y en caso de aplicar, también se dará alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.

Al respecto, Fernando Gómez Suárez, especialista del sector aéreo, lamentó que las políticas de indemnización registradas por las aerolíneas queden limitadas a utilizarlas en las mismas rutas, con tiempo de caducidad corto y la imposibilidad de que la compensación se dé en efectivo.


“Hasta en tanto no se encuentre un interés de las autoridades por resolver la calidad del transporte en el país continuaremos viendo como que castigan, sancionan, legislan y regulan, pero el abuso continúa”. Sin embargo, reconoció que los cambios a la ley son un avance, pero hace falta más trabajo.

Los cambios también harán efectiva la posibilidad de que, en vuelos nacionales, los pasajeros documenten una maleta de 25 kilos y hasta dos piezas de equipaje de mano que no excedan los diez kilos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario